Actualmente es recomendable hacer una revisión minuciosa de los detalles para rentar una casa; abajo te comparto unos tips que te pueden ayudar:

  • Solicitar más de un documento de identificación al arrendatario. Esto para disminuir el riesgo por suplantación de identidad.
  • Es muy recomendable ratificar los contratos de arrendamiento ante notario, más con la actual autorización de la actual “Cláusula Resolutoria y Pacto Comisario Express” aprobada recientemente en el estado de Nuevo León. Esta ley se hizo para que no sea necesario un juicio de arrendamiento y los propietarios recuperen más rápido sus inmuebles. El contrato deberá tener la cláusula resolutoria, que no es más que poner “Como cláusula resolutoria…” y lo que ya dice el contrato sobre su rescisión. Esta cláusula menciona que para pedir el inmueble en caso de incumplimiento, el propietario o su representante, con 2 testigos, podrá por escrito:
    • Requerir el pago pendiente, dando un plazo mínimo de 5 días.
    • Después del plazo anterior, pedirle la entrega del inmueble y darle un plazo mínimo de 10 días.
  • Si el fiador es de otro estado y su firma quedará ratificada, debe asistir a la firma al estado donde se firma el contrato de arrendamiento. No es válido que ratifique en otra notaría su firma. Si no asiste y firma pagarés, deberá videograbarse la firma de los mismos.
  • Es importante llamarle a las referencias que te da el arrendatario y tomar las notas correspondientes. En caso de que haya un juicio por algún delito en el domicilio que rentas, te ayudará a demostrar ante un juez que no eres cómplice del mismo.
  • En un contrato de arrendamiento, si el arrendador no pudiera esta presente, puede dar una carta o poder simple a quien le represente; se deberá poner en el contrato de arrendamiento “representado en este acto por …”.
  • En México, los documentos firmados escaneados no tienen peso legal.
  • Si incluyes el inventario en un vídeo, toma nota de las características tecnológicas del mismo en el contrato de arrendamiento.
  • Los mensajes de Whatsapp pueden ser válidos como prueba en caso de un juicio, pero se deberá dejar el equipo donde están dichos mensajes al perito tecnológico correspondiente.
  • Para que la propiedad del fiador que se manifiesta en garantía en el contrato de arrendamiento pueda ser señalada para que no se pueda vender, el contrato de arrendamiento se deberá ingresar al Registro Público de la Propiedad.
  • Si la propiedad del fiador está gravada, no es problema siempre que el valor de la propiedad menos el valor del gravamen deje suficiente margen para amparar la garantía del arrendamiento; por eso se debe solicitar un estado de cuenta de la institución que otorgó el crédito.
  • Si hubiera un juicio de extinción de dominio, se revisará que el inmueble se haya adquirido con recursos lícitos.
  • El SAT ya está relacionado con juicios penales y mercantiles; eventualmente será también relacionado con casos civiles (donde entran los juicios de arrendamiento), por lo que se recomienda declarar ingresos por arrendamiento.
  • Es recomendable que en el contrato de arrendamiento se mencione también una penalización para el arrendador en caso de incumplimiento; de otro modo, debiera esperarse todo el año si ocupara el inmueble.
  • Si un arrendatario abandona la casa rentada, el propietario no podrá ingresar a ella si hay un contrato de por medio, aunque este haya vencido. Tampoco es válido si va con un notario aunque la casa se encuentre sola, pues legalmente el inquilino pudiera argumentar despojo.
  • Es recomendable contratar seguros para arrendamiento; se llaman seguros de inmuebles e incluyen daños al inmueble en sí, no a su contenido. Si el arrendatario quiere, puede pagar la diferencia para tener un seguro más completo.
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